Page 225 - INDA - LISTINO SPECCHI E LUCI - FIDRA
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7. TERMINOS DE EXPEDICION DE LOS PRODUCTOS 11. PROPRIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
7.1 La fecha de expedición de los Productos señalada en la confirmación 11.1 El Comprador reconoce que los documentos, diseños, marcas,
de pedido, es siempre indicativa y no vinculante, excepto cuando nombres, datos e informaciones, (ya sea en forma impresa,
se hubiese pactado diversamente y por escrito. como en formato electrónico) relativos a los Productos
7.2 En caso que INDA prevea no poder enviar los Productos en la fecha son de exclusiva propiedad de INDA y no pueden ser divulgados,
de expedición indicada en la confirmación de pedido, avisará alterados, modificados, borrados o cancelados de ningún modo.
al Comprador indicando, siempre que sea posible, la nueva fecha 11.2 El Comprador se compromete a no reproducirlos/divulgarlos
de expedición prevista. a terceros y a limitar el uso al específico Producto comprado.
Cuando el retraso imputable a INDA supere las 6 semanas, 11.3 El comprador goza del derecho limitado del uso de las marcas,
el Comprador podrá resolver el contrato relativo a los Productos nombres u otros signos distintivos, así como de cualquier otro
de los cuales la expedición está retrasada, con un preaviso derecho de propiedad industrial o know-know productivo y comercial
de 10 días, comunicándolo por escrito vía mail a INDA, incorporado en los Productos, que es de exclusiva propiedad de INDA,
con exclusión de cualquier otro remedio o daño. al único y limitado fin de utilizar o revender los Productos al público.
7.3 No se considera imputable a INDA un eventual retraso debido Cada uso diverso de la propiedad intelectual de INDA por parte
a causas de fuerza mayor o caso fortuito, actos, omisiones del Comprador, sin consentimiento escrito concedido por INDA,
del Comprador (por ejemplo la falta de comunicación de indicaciones se percibirá como violación por parte del Comprador de los
necesarias para el su ministro de los Productos). mencionados derechos esclusivos de INDA, aún bajo el perfil
7.4 En caso que por causas no imputables a INDA, ésta resultase, de la responsabilidad contractual y, como tal, será perseguido
temporánea o permanentemente imposibilitada a efectuar propiamente.
la expedición, INDA informará al Comprador y será eximida
de las obligaciones de expedición por la entera duración
del impedimento y por todo el tiempo en el cual se prolonguen 12. INFORMACION SOBRE EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES
los efectos derivados, así como de cualquier obligación
de resarcimiento por daños por retraso o incumplimiento para con 12.1 Los datos personales del Comprador serán tratados por INDA SpA
el Comprador. via dell’Industria, 41 - 24040 Pagazzano (BG) - Italia,
7.5 De todos modos, y sin perjuicio de lo previsto anteriormente para “Titular del Tratamiento” al amparo del D. Lgs. 196/2003, como
el caso de resolución del contrato, la indemnización del daño efectivo indicado en la presente comunicación.
sufrido por el Comprador por retrasos en las entregas imputables 12.2 FINALIDAD DEL TRATAMIENTO Y NATURALEZA DE LA CONCESIÓN
a INDA no podrá exceder un importe máximo correspondiente al 5% DE LOS DATOS
del precio neto de los Productos enviados con retraso. Los datos personales requeridos son tratados con la finalidad
Quedan excluídos de cualquier indemnización los daños indirectos, siguiente: (I) conclusión y ejecución de contratos entre el Comprador
consecuentes o punitivos. e INDA; (II) gestión de los aspectos administrativos y contables
7.6 El pago de las sumas indicadas anteriormente excluye cualquier relacionados con el cumplimiento de los mencionados contratos;
ulterior indemnización del daño por falta o retraso en el envío (III) cumplimiento de las obligaciones de ley.
de los Productos. La concesión de los datos para las finalidades más arriba descriptas
es facultativo, pero indispensable para la instauración y ejecución
de la relación contractual entre INDA y el Comprador, por lo tanto,
8. RECLAMACIONES a falta de concesión, INDA no podrá dar curso al suministro
de los Productos requeridos.
8.1 Se entiende que posibles reclamaciones o contestaciones, relativas 12.3 MODALIDAD DEL TRATAMIENTO
a una parte de los Productos entregados o una única expedición El tratamiento de los datos se efectúa en cumplimiento de las normas
de Productos, no dan derecho al Comprador a suspender o retrasar y requisitos previstos por el D.Lgs. 196/2003 y comprenderá todas
los pagos de los Productos objeto de contestación, ni, mucho menos, las operaciones o serie de operaciones contempladas por el mismo.
de otros suministros. El tratamiento se efectuará de manera escrita y/o sobre soporte
de papel y/o magnético y/o electrónico.
Los datos son adquiridos, registrados y tratados a través de la Oficina
9. FUERO COMPETENTE de Recursos Humanos de INDA por sujetos que trabajan en el interior
de dichas oficinas y departamentos y que están debidamente
9.1 Los contratos entre INDA y el Comprador se rigen según la ley italiana, nominados/encargados del tratamiento.
con exclusión expresa de lo previsto por la Convención 12.4 COMUNICACION DE LOS DATOS
de Viena de 1980 sobre venta internacional de mercancías. Los datos podrán ser comunicados a sujetos externos, a los cuales
9.2 Cualquier controversia entre las partes, concerniente a las relaciones INDA se avala por motivos instrumentales, a los fines del art. 12.2
de compra-venta o suministro, a su instauración, ejecución o cese, precedente.
será exclusivamente bajo competencia del Fuero de Milano – Italia. 12.5 DERECHOS DEL INTERESADO
9.3 Sin embargo, como excepción a lo establecido en el punto anterior, El comprador podrá en cualquier momento ejercitar sus derechos
INDA tiene la facultad de llevar la controversia ante el juez en virtud del art. 7 del D.Lgs 196/2003, incluyendo el derecho
competente en la sede del Comprador. de obtener la actualización, la rectificación y/o la integración
de los datos incompletos o inexactos, así como también
su cancelación, cuando el tratamiento viole normas de ley
10. FUERZA MAYOR o de reglamento.
10.1 Cualquiera de las partes podrá suspender la ejecución de sus propias
obligaciones contractuales cuando tal ejecución se rinda imposible
o irracionablemente onerosa por un impedimento imprevisto
independiente de su voluntad como por ejemplo huelga, boicot,
cierre patronal, incendio, guerra (declarada o no), guerra civil,
revueltas y revoluciones, requisas, embargo, interrupciones de energía,
retrasos en la entrega de componentes o materias primas.
10.2 La parte que desee hacer uso de la presente cláusula, deberá
comunicar inmediatamente y por escrito a la otra parte,
la manifestación y el cese de las circunstancias de fuerza mayor.
10.3 En el momento en el que la suspensión debida a fuerza mayor durase
más de 6 semanas, cualquiera de las partes tendrá el derecho
de resolver el presente contrato, previo preaviso de 10 días,
a comunicar a la contraparte por escrito.